IMAGEN VIVIENDA

Principales novedades en la Ley de Vivienda

El Gobierno de coalición ha cerrado un acuerdo con ERC y Bildu para desencallar la Ley de Vivienda con cambios sustanciales frente a la normativa que salió del Consejo de Ministros. La nueva ley reduce las condiciones a cumplir para que una CCAA o ayuntamiento declare zonas de mercado tensionado de alquiler, el IPC dejará de ser el índice de referencia en los contratos de alquiler y rebaja a cinco viviendas ya sea persona física o jurídica la definición de gran propietario en zonas tensionadas. Este año seguirá el tope del 2% en la renovación de contratos, subirá al 3% en 2024, y se creará un nuevo índice de alquiler que nunca será superior al IPC a partir de 2025.

¿Qué ha cambiado en la Ley de Vivienda?

Fin del IPC: nuevo tope en la renovación de contratos del alquiler vigentes

Por un lado, se mantiene el tope a la subida en la renovación de los contratos de alquiler en vigor durante 2023, que seguirá siendo del 2% hasta el 31 de diciembre. Subirá al 3% durante todo 2024, y a partir de 2025 se aplicará un nuevo Índice de Alquiler, que tendrá que preparar el Mitma, que será la referencia en los contratos de arrendamiento “con el objetivo de que sea más estable e inferior a la evolución del IPC y que tope los aumentos de la renta por la renovación anual”, como han destacado los portavoces.

Además, se mantiene que los arrendatarios podrán acogerse a una prórroga extraordinaria del contrato en vigor con carácter anual y por un período máximo de tres años.

Antes del 31 de diciembre de 2024, el Instituto Nacional de Estadística (INE) definirá un nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, con el fin de evitar incrementos desproporcionados en la renta.

Cómo se declara una zona tensionada de alquiler

Otro de los cambios sustanciales del acuerdo es la declaración de zona tensionadas en el mercado de alquiler. De hecho, se reducen las condiciones que tenía que cumplir una zona para poder declararla como tal durante tres años, prorrogables anualmente si las circunstancias persisten.

Ahora solo hace falta cumplir una de estas dos condiciones: que el pago de la vivienda suponga un esfuerzo de más del 30% sobre los ingresos de los hogares de la zona (más gastos y suministros) o que los precios hayan subido más de 3 puntos porcentuales por encima del IPC, en los últimos cinco años.

 

Ampliación de la definición de gran tenedor

Por otro lado, y dentro de estas zonas tensionadas se reduce el número de viviendas necesarias para ser considerado de gran tenedor, ya se sea persona física o jurídica. El cambio trasciende de 10 pisos a 5 pisos de un mismo propietario en esa zona tensionada, , siempre y cuando esté motivado y justificado por la CCAA correspondiente.

 

 

Nuevos contratos de alquiler y el tope a aplicar según el propietario

La aplicación de topes en los precios del alquiler en zona tensionada será diferente en función de si es pequeño propietario o gran tenedor. Para un arrendador particular se aplicará la indexación a la renta anterior en vigor, por lo que solo se podrá aplicar la subida que se aplique en ese momento, es decir del 2% en 2023, del 3% en 2024, y el nuevo índice que se aplique a partir de 2025. Mientras a los grandes tenedores se aplicará un índice de precios que no podrán superar lo que indique el nuevo índice de alquiler que cree cada CCAA.

 

Nueva vivienda de alquiler en una zona tensionada

Otro de los supuestos que se ha incluido en el acuerdo que cambia la Ley de Vivienda es que ocurre en el caso de que una vivienda se arriende por primera vez. Si ese piso no ha estado alquilado en los últimos cinco años, se le aplicarán los límites que aplique el índice de referencia de precios.

El propietario será el que pague a la inmobiliaria

El acuerdo también contempla que los gastos y honorarios inmobiliarios producidos por el alquiler de un inmueble correrán siempre a cargo del propietario del inmueble.

 

Los contratos no podrán excluir la aplicación de la Ley de Vivienda

Del mismo modo, se eliminan las cláusulas que permitían la no aplicación de las medidas que contiene la Ley de existir un acuerdo entre las partes.

Además, se prohíbe aumentar las rentas de alquiler por la vía de nuevos gastos, que obligarían a los inquilinos a abonar gastos de comunidad, tasas de basura o cualquier otro no atribuible que no estuvieran acordadas previamente.

 

Impulso a la vivienda protegida en alquiler a precio limitado

Los porcentajes de reserva de suelo para vivienda protegida aumentan del 30 al 40% en el suelo urbanizable (actuaciones de nueva urbanización) y del 10 al 20% en suelo urbano no consolidado (actuaciones de reforma o renovación de la urbanización).

 

Fecha y hora obligada para realizar un desahucio

En materia de desahucios, se prohibirán aquellos sin fecha y hora predeterminada. También se incluyen nuevas prórrogas en los procedimientos de lanzamiento, que aplazarán los procesos más de dos años, y se estipula el acceso obligatorio a los procedimientos de solución extrajudicial para las personas vulnerables.

Además, las comunidades autónomas podrán articular mecanismos propios de mediación y alternativa habitacional que consideren oportunos, forzando a los grandes tenedores que realicen desahucios a someterse a los mismos.

 

Por primera vez se reconocerá la capacidad de poder utilizar los fondos de los planes estatales de vivienda a ofrecer alternativas habitacionales para personas en riesgo de desahucio mediante alquileres sociales bonificados, realojamientos de personas en situación de vulnerabilidad o cualquier otra política similar.

Estos acuerdos se plasmarán en enmiendas para incorporarlos al proyecto de ley que envió el Gobierno de coalición al Congreso de los Diputados antes de su remisión al Senado, previsiblemente a fin de mes o ya en el mes de mayo. Los portavoces de ERC y Bildu han apuntado que tanto el Ministerio de Transportes como el de Derechos Sociales “tienen voluntad” de que salga adelante y no quede encallada antes de finalizar la legislatura.

 

¿Qué se mantiene en la Ley de Vivienda?

Otras muchas medidas de la normativa que salió del acuerdo del Gobierno de coalición se mantienen como:

Estímulos fiscales a los pequeños propietarios

Se estimulará fiscalmente el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, a través de la modulación de la reducción del rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual.

En los nuevos contratos, se establece una deducción general del 50% que podrá incrementarse hasta el 90% si se firma en una zona de mercado tensionado.

 

  • Bajada de la renta en una zona declarada tensionada (90%). Cuando se firme un nuevo contrato en una zona de mercado residencial tensionado, con una bajada de al menos un 5% sobre la renta del contrato anterior.
  • Alquiler de viviendas a jóvenes entre 18 y 35 años (70%). Alquiler por primera vez de viviendas en áreas tensionadas a jóvenes. En caso de nuevos contratos de arrendamiento a jóvenes de entre 18 y 35 años en dichas áreas.
  • Rehabilitación o mejora (60%). En caso de que se hubiesen llevado a cabo obras de rehabilitación en los dos años anteriores. Pero ahora hay que demostrar que se ha realizado una reforma por el 10% del valor de compraventa del inmueble. Además, el límite máximo de subida de la renta será del 10%

Movilización de la vivienda vacía

Para promover su salida al mercado, se ofrece a los Ayuntamientos la posibilidad de establecer un recargo de hasta el 150% (ahora está en el 50%) en la cuota líquida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que afectaría a las viviendas que se hayan mantenido desocupadas durante más de dos años, sin causa justificada, para propietarios con un mínimo de cuatro viviendas.

Si el inmueble lleva tres años vacío, el recargo podrá llegar al 100%. Por último, está la opción de elevarlo otros 50% adicional en caso de inmuebles cuyos propietarios tengan dos o más pisos en el mismo término municipal.

 

Parque público de viviendas

 

El parque público de vivienda social estará sujeto a permanente protección y no podrá ser enajenado. Actualmente apenas alcanza a las 290.000 unidades, lo que supone que solo el 1,6% de los hogares pueden optar a algún tipo de vivienda de las Administraciones Públicas, frente al 10% que registran otros países de nuestro entorno.

Se establece la calificación indefinida de la vivienda protegida. Se fijan a nivel estatal unas condiciones básicas, definiendo un régimen de protección pública permanente de las viviendas protegidas que se promuevan sobre suelo calificado de reserva. En el resto de los supuestos, se fija un plazo mínimo de descalificación de 30 años.

Fuente:Idealista.

Carta a Consejería Salud y Familias Junta de Andalucía – Restricciones desplazamientos entre municipios para visitas a inmuebles

UNEXIA ha hecho llegar a la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía una carta con la petición de anulación de restricciones en el desplazamiento entre municipios, apelando a las situaciones de urgencia habitacional y de primera necesidad que en la mayoría de los casos sufren los consumidores y usuarios. Además de tener en cuenta lo que supone para la actividad inmobiliaria que lleva meses sufriendo a causa de esta crisis sanitaria.

 

 

 

 

ASAMBLEA GENERAL

Nuevo Consejo General de UNEXIA ANDALUCIA

Este pasado miércoles 30 de septiembre de 2020, en la Confederación de Empresarios de Andalucía (C.E.A.), se ha llevado a cabo, durante la Asamblea General de UNEXIA Andalucía, el cambio en su Consejo Directivo, por finalización de mandato.

 

Este nuevo Consejo Directivo, está formado por el reelegido D. Miguel Ángel Montero Cruz, empresario inmobiliario sevillano (Presidente), D. Juan Bolívar Cerezo empresario inmobiliario granadino (Vicepresidente), D. José María García Rosa empresario malagueño (Secretario General y Delegado Territorial en Málaga), D. Juan Almagro López empresario gaditano (Consejero y Tesorero), D. Juan Antonio Rivero Yanes, empresario sevillano (Consejero), D. Fernando Peña Expósito, empresario inmobiliario y promotor cordobés, (Consejero y Delegado Territorial en Córdoba), D. Francisco Melero Martín, empresario inmobiliario sevillano (Consejero), Dña. Jessica Fernández Barello, empresaria inmobiliaria sevillana (Consejera), D. Juan Antonio Páez Domínguez, empresario inmobiliario gaditano (Consejero y Delegado Territorial en Cádiz), Dña. Sonia Vázquez Villalba, empresaria inmobiliaria almeriense (Consejera y Delegada Territorial en Almería), y D. Jesús Pérez de la Torre, empresario gaditano (Consejero).
Resaltar el reconocimiento a favor de D. Fco. Javier González Oliva, por su gran labor y aportación al sector inmobiliario andaluz.

La apuesta de este nuevo Consejo Directivo, no es otra que, la continuidad en los proyectos iniciados por el anterior mandato, junto con un crecimiento en la obtención de grandes servicios para reforzar la actividad empresarial del asociado y en definitiva del profesional inmobiliario andaluz.

asamblea

Asamblea General UNEXIA 2020

UNEXIA celebrará su próxima Asamblea General el día 30 de septiembre en la Confederación de Empresarios de Andalucía.

La asociación empresarial, como cada año celebrará su Asamblea General para todos sus asociados en la CEA a las 12.00 horas en primera convocatoria, 12.30 horas en segunda convocatoria.

A causa de la crisis sanitaria que estamos viviendo actualmente, este año se hará bajo un estricto protocolo de seguridad que cumple con las medidas sanitarias establecidas por la Administración frente al Covid-19.

El uso obligatorio de mascarilla, distancia de 1,5 metros entre asistentes y medidas de higiene adecuadas como son el uso de geles hidroalcohólicos, son algunas de las indicaciones que se llevarán a cabo para la celebración de la misma. Además como ya se hacía de forma habitual, se podrá hacer uso del voto delegado, en caso de la no asistencia por cualquier motivo justificado.

Toda la información relativa a este evento ha sido enviada a todos los asociados mediante correo electrónico, acompañada de toda la documentación pertinente (convocatoria, orden del día, delegación de voto, etc.)

  • Cualquier duda o consulta podéis contactar con la asociación en el 955 432 032 o en el correo electrónico info@unexiaandalucia.com

Leer más

CANAL YOUTUBE

Webinars de UNEXIA disponibles en nuestro canal de YOUTUBE

Por si aún no te has enterado, en Unexia Andalucía hemos ofrecido diferentes #webinars gratuitos para todos los #asociados y #noasociados. Con estos #webinars no dejamos de ofrecer formación continuada durante el estado de alarma para así complementar vuestra formación. ¡Entrad en nuestro canal de YOUTUBE y suscribiros! #SomosUnexia

WEBINARS

Acuerdo con Ruano Formación

Desde UNEXIA, a través de Ruano Formación te ofrecemos la posibilidad de poder realizar #Formación, totalmente #gratuita y #desdetucasa.

¡NO CONSUME CRÉDITOS DE FORMACIÓN, ES TOTALMENTE GRATUITA PARA TRABAJADORES Y AUTÓNOMOS DEL SECTOR INMOBILIARIO!
Infórmate en:

Acuerdo con Benjumea Correduría de Seguros

Trabajamos día a día para mejorar el servicio a nuestros asociados, hace unos meses hemos firmado un acuerdo exclusivo con Benjumea Correduría de Seguros aumentando así el abanico de productos disponibles. Entre ellos están el producto de #caución para inmobiliarias bajo primas y con condiciones muy ventajosas y el producto #multirriesgooficinas, destinado a proteger locales y oficinas comerciales.

seguros

canal sur

Entrevista en Canal Sur Radio

El de domingo  10 de mayo de 2020, estuvimos en antena, en Canal Sur Radio en el especial informativo con Araceli Limón y Fernando Pérez.

Miguel Ángel Montero Cruz (Presidente de UNEXIA) , habló sobre las últimas noticias que afectan a nuestro sector y cómo íbamos a abordar todos los empresarios Inmobiliarios andaluces la vuelta a la actividad este lunes 11 de mayo.  Dejamos claro la poca información por parte del Gobierno Central con respecto a medidas higiénico-sanitarias específicas para nuestro sector, donde nuestro trabajo principal es el trato personal, y anunciamos que desde la asociación íbamos a realizar una propuesta de medidas de seguridad en la visita de inmuebles, que esperamos sea aprobado por la Junta de Andalucía y se convierta en protocolo a seguir por parte de todas las agencias inmobiliarias andaluzas.

La indefensión y olvido por parte de las instituciones de nuestro sector, un sector tan importante que maneja un bien de primera necesidad como es la vivienda, y las escasas ayudas socio-económicas puestas en marcha por el gobierno para hacer frente a esta crisis del COVID19, nos deja latente que tenemos mucho trabajo por hacer. Ya en el mes de abril hicimos llegar a la CEOE nuestras propuestas sociales y económica para reactivar el sector inmobiliario y esperamos muy pronto se pongan en marcha.

Si os perdisteis la entrevista, os dejamos el fragmento de la intervención de nuestro presidente para que podáis escucharlo:

 

Proposición de Medidas de Prevención en las visitas de inmuebles

PROPOSICIÓN DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN LAS VISITAS A INMUEBLES POR ASESORES INMOBILIARIOS

EN APLICACIÓN DE LA FASE 1 publicada en BOE Nº 130 de fecha 9/05/2020, legitimada por la Disposición Final 5ª de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, FASE 1 ANDALUCÍA

El Artículo 10 de esta norma permite la reapertura de las AGENCIAS INMOBILIARIAS, como establecimientos y locales comerciales de prestación de servicios profesionales, siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados… Pero esta normativa se ha olvidado de algo muy importante para nuestro sector, y es manifestar con claridad y de forma expresa si se pueden realizar o no las necesarias visitas a los inmuebles.  Y en su caso, cómo se han de producir las mismas, y qué protocolo han de seguir.

Por este motivo desde UNEXIA presentamos estas propuestas de prevención, intentando rellenar esa laguna que ha de resolverse lo antes posible, puesto que mañana día 11/05/2020, cada uno interpretará la Orden a su manera.  Aunque debemos entender que sí se pueden realizar visitas, a la vista de que en la propia Orden SND/399/2020, se permite la reunión de hasta 10 personas concentradas en una casa familiar, o mesas de hasta 10 personas en bares y restaurantes; o hasta el 50% del aforo en las terrazas y parte exterior de los restaurantes, y/o un 30% del aforo total en su interior, es comprensible pensar que las visitas a inmuebles derivadas de empresas y profesionales inmobiliarios donde a lo máximo pueden estar normalmente 4 – 5 personas también estén autorizadas. Es algo obvio que las visitas a inmuebles son una extensión de nuestro trabajo y al de nuestros propios establecimientos y que  son absolutamente fundamentales y necesarias para completar los procesos. Desde luego nadie comprará un piso sin visitarlo.

Por ello, proponemos el siguiente protocolo de cómo hay que realizar esa visita en el inmueble a comprar o alquilar, con las medidas ya conocidas de seguridad personal necesaria: guantes, mascarilla, gel, y patucos que deberán llevar los propios clientes.

 

 PROTOCOLO PARA AGENCIAS INMOBILIARIAS EN ANDALUCÍA EN LAS VISITAS DIRECTAS A INMUEBLES.

 

1º.- ANTES DE LA VISITA

Analizar acciones concretas a tener en cuenta, en caso en que la vivienda esté ocupada por sus propietarios y estén residiendo allí mismo:

  1. a) Sondear por teléfono si alguna persona de su familia (propietarios) han tenido o tienen síntomas de infección del CORONAVIRUS, en cuyo caso lo mejor es suspender la visita hasta que pase la cuarentena. En este caso también se aconseja dejar constancia para que los plazos de los respectivos contratos se suspendan igualmente.
  2. b) En caso de no tener síntoma alguno, aconsejar amablemente, que sea el asesor inmobiliario el que realice la visita acompañado por sus clientes, Siempre que sea posible. Lo ideal sería que propietarios salgan de la propiedad por el tiempo necesario para que el asesor o agente inmobiliario realice su trabajo.
  3. c) Recomendar no acudir con acompañantes, ni niños pequeños. Se reservará y respetará una franja horaria para las personas mayores de 65 años.

 

Los datos de contacto del cliente y la hora de entrada / salida están documentados con su

consentimiento para que se pueda rastrear cualquier cadena de infección

  1. c) Tanto al propietario como a los visitantes, se les debe informar previamente de las acciones de protección y seguridad que tanto el asesor comercial, como sus potenciales clientes o consumidores llevarán a cabo durante la visita. Así como que deben llevar sus propias mascarillas, guantes, gel y patucos. De no ser así no se podría realizar la visita. (El asesor inmobiliario también llevará un kit por si alguno de los visitantes no lo lleva)
  2. d) Pre-cualificación máxima para limitar y minimizar el nº de visitantes y nº de visitas.

Se puede avanzar y mucho de forma previa, pre visualizando vídeos, fotos, incluso con tour virtuales por la propiedad.

Antes por ejemplo un cliente podría visitar 10 casas distintas para comprar, ahora se aconseja completar el proceso virtual y visitar un máximo 2  / 3 como máximo

Medidas adicionales recomendables

  • No realizar visitas de puertas abiertas de los inmuebles.
  • Incorporar a tu hoja de visitas un punto que indique claramente que durante la visita se han cumplido las medidas de seguridad recomendadas por las autoridades competentes.
  • Espaciar el horario de visitas para garantizar que no se produzcan concentraciones innecesarias de personas.
  • Utilizar preferentemente las escaleras en lugar de los ascensores.
  • No visitar zonas comunitarias.
  • Reducir el tiempo de la visita al mínimo y estrictamente necesario.
  • Habilitar horario especial para mayores de 65 años (10h a 12h y de 19h a 20h)
  • Por parte de la propiedad: Ventilar y limpiar suficientemente antes y después de la visita
  • En caso de no poder o no querer salir de la propiedad para poder realizar la visita, no saludar dando la mano, abrazos o besos y dejar que el asesor comercial realice su trabajo, manteniéndose apartado y respetando las distancias de seguridad.

 

 

2.- DURANTE LA VISITA

  1. a) Ser puntuales, incluso llegar 5 minutos antes para controlar las medidas de prevención expuestas y comprobar que todos los visitantes están protegidos suficientemente.

Se aconseja completar el proceso virtual y visitar físicamente un máximo 2  / 3 casas como mucho. Y la tendencia debe ser a menos.

 

  1. b) Previa cita y tiempo máximo por visita de 15/20 minutos con advertencias de no tocar o tocar lo menos posible ninguna parte del inmueble: interruptores, muebles,…

 

  1. c) Máximo número de personas por visita y hora. 3 / 4 personas con obligado cumplimiento de medidas de seguridad de distancia entre personas, con su propia mascarilla, guantes, patucos y gel desinfectante (que el visitante debe llevar).

El recorrido por el inmueble deberá realizarse persona a persona acompañado por el asesor inmobiliario, esperando a terminar el recorrido para comenzar la siguiente, que estaría esperando fuera. Única forma de respetar la distancia entre persona y persona sobre todo en estancias pequeñas.

 

  1. c) La firma del parte y la justificación de la visita se puede realizar por medios telemáticos, con envío y recepción mediante mail, con acuse de recibo por ejemplo, o bien usando soportes de firmas digitales. Se recomienda que esta acción esté previamente realizada y firmada antes de la visita. Si posteriormente no se hace, se anula. Es la única forma de no dar, o tocar ningún documento en papel.

En caso de manipulación de documentos en papel deberá procederse a la desinfección de manos después de cada manipulación, o bien al empleo de guantes.

 

  1. d) Las posibles propuestas y firmas de señales y arras, pueden realizarse por soportes digitales. Se realizará el cobro preferentemente por medios telemáticos, datáfono, transferencias, móvil, etc, evitando en lo posible la manipulación de dinero.

 

En caso de cobros en efectivo se instalará sistema que evite el contacto con el dinero, disponiendo de un lugar para su depósito sin manipulación, y el mismo sistema para el cambio. Al final de la jornada se procederá a la desinfección del dinero efectivo.

Carta enviada a CEA a petición de la CEOE con propuestas socioeconómicas para Andalucía

 

21 abril de 2020

 

Como miembros de pleno derecho de la CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ANDALUCIA y en mi condición de Presidente de LA UNION EMPRESARIARIAL Y EXCELENCIA INMOBILIARIA ASOCIADA (UNEXIA), me dirijo a usted, tras haber recibido su petición por parte de la CEOE, de poder aportar nuestras postulaciones para poder recuperar tan pronto como sea posible la actividad económica, ante esta crisis del COVID-19.

Antes que nada, trasladar nuestra preocupación, sobre esta pandemia que desgraciadamente se ha llevado la vida de muchas personas y por la que muchas personas aún están luchando para superar y que esperamos se derrote tanto en nuestro país como en el resto del mundo. Por otro lado, tenemos el deber, de focalizar nuestra preocupación en la economía, que tanto ha afectado y afectará a todos los estamentos económicos, y que especialmente ha hecho mella en el sector inmobiliario.

Los inmobiliarios nos vemos con acuciantes problemas presupuestarios, en gran parte debido, a las medidas generales adoptadas por el gobierno central desde la aprobación del RD 463/2020, de 14 de marzo por el que se declaró el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que aunque, se pusieron en marcha para paliar las graves consecuencias de esta crisis en los diferentes sectores económicos, para el nuestro en particular, han resultado insuficientes para la reactivación y/o salvaguarda del mismo.

Además, a pesar de la importancia representativa que tiene el sector inmobiliario en el PIB, no se le está dando la relevancia que merece, ni tenido en cuenta la índole de nuestro trabajo, basado en el trato directo con personas y en la libre circulación por la vía pública, viéndonos obligados al cierre de nuestros establecimientos por el riesgo de contagio para nuestros clientes y empleados, así como, a la suspensión de nuestras actividades laborales cotidianas como, gestiones en administraciones públicas, formalización de contratos, gestiones notariales, etc. Ésta, y otras cuestiones referentes a medidas urgentes extraordinarias tomadas por el gobierno central, con respecto a medidas laborales y económicas y su dificultad de interpretación y puesta en marcha en nuestras empresas, no han servido sino para confirmar la indefensión que sufrimos.

Por todo lo expuesto anteriormente, desde UNEXIA queremos ofrecer propuestas que puedan contribuir de manera eficaz a la recuperación de la actividad económica inmobiliaria, evitando con ello consecuencias graves y duraderas sobre nuestro Sector y por consecuencia el empleo, como son:

 

  • Flexibilización de los ERTES por fuerza mayor para el sector, de manera que su vigencia se extienda al menos tres meses más allá del periodo de duración del estado de alarma, para que así, efecto económico de la crisis sea menor para las agencias y puedan abordar la recuperación de forma menos traumática, pues no cabe duda de que la revitalización del mercado será muy tímida en sus inicios.
  • La Regulación del Sector, tan necesaria para proteger a los consumidores en la mayor inversión que posiblemente tengan que hacer en sus vidas.
  • Suspensión en las cotizaciones seguridad social y de las cuotas de autónomo, durante el estado de alarma.
  • Aplazamiento de las obligaciones tributarias, convirtiéndolas en semestrales para este año 2020.
  • Rebaja del 50% del Impuesto de Transmisión Patrimonial, para incentivar las compraventas en este escenario de desconfianza creado por la pandemia y situación económica del país, lo que ayudaría a la reactivación del mercado inmobiliario, motor importante de este país con el consiguiente beneficio a otros muchos sectores dependientes del nuestro.
  • Subvenciones para la implantación de herramientas y material tecnológico para la adaptación al teletrabajo de nuestros empleados.
  • Medidas en referencia a los arrendamientos de locales de oficinas. Es necesario combatir el grave quebranto económico que están sufriendo las agencias inmobiliarias- al igual de otros sectores, al verse en la obligación de satisfacer el precio de los alquileres, sin poder hacer uso de los locales y oficinas; lo cual, sin duda, está fomentando la morosidad sobrevenida e involuntaria y por tanto, la futura conflictividad judicial, todo ello fruto de la fuerza mayor de la pandemia, el Gobierno no ha adoptado medida alguna para que las empresas puedan afrontar el pago de las rentas de los locales cuyo uso y disfrute se les ha cercenado por las medidas de cierre obligatorio al público derivadas del confinamiento, por lo cual, la situación requiere que se concedan subvenciones públicas o créditos exclusivos y bonificados para el pago de dichas rentas.

 

Rogamos tenga en cuenta todo lo expuesto y traslade a los órganos de la CEOE competentes nuestra aportación.

Atentamente,

 

Miguel Ángel Montero Cruz

Presidente UNEXIA