Recomendaciones al protocolo de actuación respecto a las hojas de encargo profesional

Las HOJAS DE ENCARGO PROFESIONAL que se utilizan mayoritariamente para la captación de los clientes, son verdaderamente contratos de prestación de servicios.

Como tales, en los citados documentos se deben establecer con la mayor claridad posible, todos los condicionantes, contraprestaciones, derechos y obligaciones de las partes.

No debe olvidarse que en la mayoría de las ocasiones, el cliente es un particular y como tal, se encuentra protegido por la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007, de 16 de Noviembre).

En los supuestos en que la relación negocial no termina satisfactoriamente, serán los jueces los que van a establecer la responsabilidades respecto al cumplimiento de dicho documento. Y en ese cometido, van a tener muy presente la normativa proteccionista anteriormente mencionada, así como toda la jurisprudencia que viene generándose en interpretación de la misma.

No son pocas las sentencias que en innumerables ocasiones vienen dictándose frente a la banca y otras corporaciones, condenando a estas por prácticas “abusivas”.

Y lo hacen por aplicación de criterios garantistas que condenan cuando existen oscuridades en el contrato, falta de claridad en la exposición y sobre todo equilibrio contractual, reputando las cláusulas como nulas y eliminándolas del contrato, o simplemente desestimando las reclamaciones de los profesionales por cuestiones formales.

En muchos supuestos, cuando los clientes no abonan los honorarios pactados o incluso cuando finalmente y después del trabajo realizado, se llega al mismo resultado porque acaban realizando la operación por su cuenta o utilizando a otra inmobiliaria, los jueces, a pesar de los documentos firmados, acaban desestimando la pretensión con diferentes argumentos. En la mayoría de las ocasiones, dicho pronunciamiento se podría evitar siendo más cuidadosos en la redacción del vínculo contractual.

Entre los errores más habituales, están como anticipamos, la falta de información y transparencia en las señaladas hojas de encargo profesional. En estos documentos vienen a desarrollarse ampliamente muchas cuestiones relacionadas con las obligaciones del cliente, y no se detienen suficientemente a expresar el verdadero cometido que desarrolla el profesional desde que formaliza la relación, ni explican las diferentes opciones que se ofrecen antes de que el mismo acepte contratar.

De igual forma también es frecuente que los documentos que se generan como resultado de la actividad del profesional, estén mal confeccionados, o ni siquiera se utilicen dando lugar finalmente solo a una factura que se expide cuando la operación a todas luces ya se ha complicado.

Por último, hemos observado que casi ninguno de los documentos de encargo profesional que han llegado a nuestras manos, introduce la necesaria cláusula de desistimiento, siendo tal omisión de crucial importancia a la hora de defender los intereses del profesional en un juzgado toda vez que su inexistencia permite a la postre extender el desistimiento hasta un año desde la firma del contrato.

En base a lo anterior, si quieres que te aconsejemos cómo mejorar las señaladas hojas de ENCARGO PROFESIONAL  date de alta en nuestra asociación llamando al 955 432 032 o en el correo electrónico info@unexiaandalucia.com

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